Acoso sexual en el trabajo

Nociones básicas:

El acoso sexual en el trabajo es un problema arraigado, cuya importancia suele minimizarse o ignorarse. Con el auge de diversos movimientos resonantes contra la violencia de género y el acoso, entre los que se destacan #MeToo y #NiUnaMenos, se ha generado una mayor conciencia sobre la magnitud de este problema a nivel internacional, y se han redoblado los esfuerzos para erradicarlo. 

 

En general, se entiende que el acoso sexual en el trabajo es consecuencia de la desigualdad de género. Si bien las mujeres no son las únicas víctimas, el problema las afecta de manera desproporcionada. La vulnerabilidad al acoso sexual también aumenta en función de la intersección de ciertas características individuales y las particularidades de determinados entornos laborales. Esto también comprende a las mujeres que trabajan en política.


Para erradicar el acoso sexual en el trabajo es preciso lograr cambios tanto legales como culturales, en el marco de una labor más amplia para erradicar la violencia contra la mujer. Este conjunto de herramientas fue pensado para asistir a las y los parlamentarios en ambas tareas, con el objetivo ulterior de contribuir a una mayor igualdad de género en el mundo laborar y en la sociedad en general. 


Si bien el acoso sexual se puede experimentar en cualquier entorno, este kit de herramientas apunta especialmente al acoso sexual en el ámbito laboral. 


Al estudiar los módulos que aparecen a continuación, aprenderá sobre:

  1. Los elementos de la definición de acoso sexual en el trabajo y demás aspectos fundamentales para desarrollar marcos y mecanismos legislativos de protección eficaces
  2. La función del cambio cultural en la erradicación del acoso sexual y otras manifestaciones de desigualdad de género, y las estrategias para avanzar en esta dirección
  3. Las formas en las que el acoso sexual en el trabajo afecta a los parlamentos y a las mujeres en la política y la necesidad de encontrar una respuesta específica para este ámbito
  4. Marcos y herramientas internacionales para respaldar las medidas nacionales sobre acoso sexual en el trabajo

Nociones básicas:

El acoso sexual en el trabajo es un problema arraigado, cuya importancia suele minimizarse o ignorarse. Con el auge de diversos movimientos resonantes contra la violencia de género y el acoso, entre los que se destacan #MeToo y #NiUnaMenos, se ha generado una mayor conciencia sobre la magnitud de este problema a nivel internacional, y se han redoblado los esfuerzos para erradicarlo. 

 

En general, se entiende que el acoso sexual en el trabajo es consecuencia de la desigualdad de género. Si bien las mujeres no son las únicas víctimas, el problema las afecta de manera desproporcionada. La vulnerabilidad al acoso sexual también aumenta en función de la intersección de ciertas características individuales y las particularidades de determinados entornos laborales. Esto también comprende a las mujeres que trabajan en política.


Para erradicar el acoso sexual en el trabajo es preciso lograr cambios tanto legales como culturales, en el marco de una labor más amplia para erradicar la violencia contra la mujer. Este conjunto de herramientas fue pensado para asistir a las y los parlamentarios en ambas tareas, con el objetivo ulterior de contribuir a una mayor igualdad de género en el mundo laborar y en la sociedad en general. 


Si bien el acoso sexual se puede experimentar en cualquier entorno, este kit de herramientas apunta especialmente al acoso sexual en el ámbito laboral. 


Al estudiar los módulos que aparecen a continuación, aprenderá sobre:

  1. Los elementos de la definición de acoso sexual en el trabajo y demás aspectos fundamentales para desarrollar marcos y mecanismos legislativos de protección eficaces
  2. La función del cambio cultural en la erradicación del acoso sexual y otras manifestaciones de desigualdad de género, y las estrategias para avanzar en esta dirección
  3. Las formas en las que el acoso sexual en el trabajo afecta a los parlamentos y a las mujeres en la política y la necesidad de encontrar una respuesta específica para este ámbito
  4. Marcos y herramientas internacionales para respaldar las medidas nacionales sobre acoso sexual en el trabajo

¿Sabía usted?

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) adoptó el Convenio sobre la Eliminación de la Violencia y el Abuso en el Mundo del Trabajo y recomendaciones relacionadas en junio de 2019, siendo la primera vez que estos problemas son tratados por estándares de trabajo internacionales. Lea este artículo para obtener un resumen de la información clave del convenio.

 

Establecer una definición adecuada de acoso sexual laboral es el primer paso para generar conciencia sobre el comportamiento inaceptable y estar en condiciones de responder al problema con eficacia. Explicar en qué consiste el acoso sexual y enumerar formalmente los comportamientos asociados puede ayudar a poner el foco sobre su naturaleza problemática, y brindar apoyo a quien sufre acoso sexual al eliminar la percepción de que es algo "normal" que forma parte del trabajo. 

Por supuesto, este trabajo de definición tiene un rol importante en el desarrollo de legislación, ya que será el fundamento para presentar, investigar y responder a las denuncias. Una definición demasiado acotada o confusa podría terminar limitando o anulando los recursos legales para denunciar el acoso sexual. También podría generar dudas en los empleados y dificultades para comprender qué tipo de comportamiento es inaceptable, por qué y cuáles son las repercusiones posibles, privando a algunas personas de la protección que necesitan. 

El acoso sexual en el trabajo es comúnmente definido dentro de la categoría general de “violencia y acoso en el mundo del trabajo” y “violencia y acoso por razón de género”. Aunque el concepto de acoso sexual es difícil de encapsular en una sola definición, surgen algunas similitudes entre las definiciones utilizadas por actores internacionales y nacionales.

El acoso sexual puede manifestarse con cualquier tipo de acto, por ejemplo, bromas, gestos, comentarios, roces, comunicaciones en Internet, entre otros, que:
1.    Resulte desagradable para el destinatario 
2.    Provoque perjuicios, ofensas o dañe la dignidad del destinatario 
3.    Sea de tipo sexual (por motivo del sexo o el género). 

En las definiciones de acoso sexual hay dos elementos comunes que pueden servir para delimitar los mecanismos de protección y deben evaluarse con suma atención: que el acto debe ser reiterado para ser considerado acoso sexual, y que la víctima manifieste verbalmente su falta de consentimiento para dicho acto.  

En términos legales, se considera que el acoso sexual en el trabajo se puede clasificar en general en dos categorías particulares: ambiente laboral hostil y quid pro quo. El acoso sexual también puede ocurrir no solo en el lugar de trabajo de una persona, sino en general en su "mundo laboral", tal como lo explica la OIT. 

El acoso sexual laboral puede ser perpetrado o dirigido hacia personas de cualquier género y puede ocurrir en estructuras verticales y horizontales de poder. Sin embargo, la mayoría de las víctimas de acoso sexual son mujeres, algo que es producto de las persistentes desigualdades de género en el mundo laboral que se deben a relaciones desiguales de género en la sociedad en general. 

Dado el aumento de las disparidades de poder, ciertos grupos de mujeres son particularmente vulnerables a sufrir acoso sexual en el trabajo, como es el caso de las trabajadoras migrantes, las mujeres que trabajan en empleos informales o atípicos, en lugares aislados o remotos (en un hogar o en el campo) y las que trabajan con el público (particularmente en ámbitos médicos y educativos) o en atención al cliente (fuente). Por lo tanto, es importante aplicar la lente de la interseccionalidad. Si bien en general se considera recomendable que las definiciones de acoso sexual sean neutrales en cuanto al género con el fin de garantizar que todas las personas puedan recurrir a los mecanismos de protección, también se debe reconocer la incidencia del género y del poder en el acoso sexual, así como el hecho de que ciertos grupos pueden necesitar más atención y protección. 
 

El acoso sexual es una violación de los derechos humanos y cuando se manifiesta en el ámbito laboral constituye una forma de discriminación, así como una afrenta al derecho al trabajo decente. El hecho de que las mujeres sean las principales víctimas del acoso sexual es tanto una consecuencia como un factor que contribuye a la desigualdad económica y laboral que suelen afrontar. El problema perjudica la salud y la seguridad, la independencia económica y la calidad de vida de las personas afectadas, y produce un efecto dominó negativo en el ámbito laboral, en la economía y en la sociedad en general. 

El tema se ha incluido durante mucho tiempo en los acuerdos internacionales sobre igualdad de género y lucha contra la discriminación adoptados por los gobiernos de América Latina. Los marcos legales nacionales en toda la región también establecen mecanismos de protección contra el acoso sexual laboral, con alcances diversos. A pesar de este progreso, ciertos movimientos sociales como #MeToo y #NiUnaMenos y otras protestas recientes exigen terminar con el acoso callejero y han ilustrado la prevalencia y el perjuicio permanente que causan el acoso sexual y otros delitos relacionados.      

La falta notoria de estadísticas hace la labor de identificar la dimensión del problema difícil y altamente especulativa. El primer paso para erradicar el problema de acoso y hostigamiento sexual en el mundo del trabajo es recopilar información detallada y actual sobre la dimensión del problema, a modo de visibilizarlo. Estas encuestas pueden ayudar a demostrar el alcance verdadero del problema y las brechas entre casos de acoso y hostigamiento y denuncias realizadas. 

La información disponible a nivel regional presenta evidencia inicial de la prevalencia del problema y del impacto diferenciado en mujeres:

  • La Encuesta Nacional de Seguridad Pública de México reveló que, en el segundo semestre de 2019, el 27.2% de las mujeres entrevistadas a nivel nacional enfrentó alguna situación de acoso y/o violencia sexual (fuente). 
  • El departamento de Ética y de Prevención de Conflictos de Interés (CEPCIs) del Gobierno Federal de México indicó que el 91% de los casos registrados de acoso sexual fueron interpuestos por mujeres. En el 30% de los casos, la víctima denunció “contacto físico sugestivo o de naturaleza sexual” (fuente).
  • Una encuesta hecha por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) en Perú en 2018 reveló que, de 75,899 mujeres entrevistadas, el 47.5% había enfrentado algún tipo de violencia (emocional, física o sexual) (fuente).
  • El Estudio Nacional sobre Violencia contra las Mujeres, dirigido por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Argentina en 2019, reveló que el 49.3% de mujeres argentinas entrevistadas sufrió violencia física o sexual en el curso de su vida (fuente).
  • Un estudio realizado por la Dirección del Trabajo de Chile demostró que la gran mayoría de denuncias de acoso sexual en el trabajo fueron interpuestas por mujeres (96.8%), donde el 80% de los casos se refería a contextos de asimetría de poder entre la persona denunciada y la denunciante. Los resultados muestran que en la mayoría de los casos se dio crédito a la palabra del acosador, lo que implicó que en el 45% de los casos la denuncia resultara en la pérdida del empleo por parte de la denunciante (fuente).     

La prevalencia de este problema, las activas movilizaciones sociales para combatirlo, y los aniversarios históricos de los marcos internacionales relacionados con los derechos de la mujer y la igualdad de género renuevan la urgencia de actuar para responder al acoso sexual laboral. La labor de los miembros del parlamento reviste una importancia crucial en esta respuesta, dada su función como representantes de los ciudadanos, responsables de las decisiones, figuras públicas y actores clave en el control político del Poder Ejecutivo. 

Con el fin de promover el desarrollo de respuestas a este problema, las y los parlamentarios pueden hacer un aporte único y crucial, que consiste en elaborar, revisar y adoptar legislación eficaz para prevenir y abordar el acoso sexual laboral. Aprobar este tipo de legislación puede cumplir diversas importantes finalidades: 

  • Designa el problema y genera conciencia sobre su importancia
  • Establece responsabilidades claras para los empleadores en la prevención del acoso sexual laboral
  • Genera canales para que las víctimas puedan presentar denuncias y exigir reparaciones
  • Delimita las funciones de los diversos actores en la respuesta al acoso sexual laboral  

Las formas específicas de tratar el acoso sexual en la legislación varían en distintas partes del mundo. En general, el acoso sexual laboral se trata en un estatuto específico sobre el problema o en el marco de las leyes que rigen alguna de las siguientes áreas: trabajo, higiene y seguridad ocupacional, lucha contra la discriminación o la violencia. Muchos países cuentan con mecanismos de protección en diversas áreas, incluido el derecho penal, para evitar lagunas en el tratamiento del tema y ofrecer diversos recursos a las víctimas. 

La mayoría de los países de América Latina tienen legislación contra el hostigamiento y acoso sexual en el trabajo, ya sea dentro de su código de trabajo o penal, o mediante un instrumento específico. Sin embargo, sigue existiendo una brecha en el establecimiento de protocolos que garanticen el correcto manejo de casos de acoso sexual en el trabajo. Este tipo de protocolos deben establecer las etapas del procedimiento, definiciones claras, principios de prevención, y ámbitos de aplicación, entre otros factores (fuente)

Al abogar por una legislación nueva o perfeccionada para prevenir y responder al acoso sexual laboral, las y los parlamentarios también pueden recurrir a otras políticas nacionales como fundamento, en particular a políticas y estrategias nacionales de género o planes de acción para abordar la violencia de género. Los ministerios de la mujer y las oficinas de género, los organismos de lucha contra la discriminación y las organizaciones o movimientos de la sociedad civil que trabajan en temas relacionados con esta problemática también son socios estratégicos con los cuales se puede colaborar para elaborar y socializar las iniciativas legislativas. 

Además de los acuerdos internacionales a los que se hace referencia en la sección anterior, el apoyo adicional puede provenir de herramientas disponibles a nivel regional e internacional: la Organización Iberoamericana sobre Seguridad Social (OISS) ha creado una propuesta de protocolo contra el acoso sexual en el ámbito del trabajo, y la OIT adoptó recientemente una convención y recomendaciones sobre el tema. 
Una vez establecido el marco legislativo, es fundamental emprender un seguimiento y una evaluación permanentes para garantizar la eficacia de su aplicación. En ese sentido, la implementación debe contemplar la difusión generalizada de la legislación en toda la sociedad, para garantizar que el público conozca los mecanismos de apoyo dispuestos, sobre todo la difusión directa en los lugares de trabajo. Por otro lado, será necesario capacitar a los empleadores y prestadores de servicios sobre las disposiciones de la legislación para que puedan dar mejor cumplimiento a sus obligaciones de prevención y respuesta.    
 


 

La desigualdad de género y los estereotipos perjudiciales sobre el género y la sexualidad son algunas de las causas subyacentes del acoso sexual. Algunas personas todavía consideran que el ámbito laboral y los cargos directivos son dominio de los hombres y la ruptura progresiva de las barreras a la participación de las mujeres en la fuerza laboral ha tenido consecuencias imprevistas, en particular, el acoso sexual, a medida que se van reorganizando las dinámicas de poder. Por lo tanto, el problema no puede erradicarse sin iniciativas complementarias y específicas para eliminar estas situaciones, cuyas causas son más profundas. Es preciso brindar educación y difundir más ampliamente a nivel social los conceptos relacionados con la igualdad de género, para promover cambios culturales en el ámbito laboral y en toda la sociedad. Dichos conceptos deben centrarse en el respeto, la diversidad y el consentimiento como valores fundamentales. 

La legislación sobre acoso sexual laboral puede contribuir a impulsar las iniciativas necesarias para promover la transformación cultural. El hecho mismo de que exista este tipo de leyes puede ser un factor disuasorio del acoso sexual, porque ratifica y amplifica la conciencia del daño que generan los comportamientos relacionados con esta problemática. La legislación también puede impulsar la adopción de mecanismos de prevención específicos por parte de varios actores y en diversos ámbitos. Para esto, se puede establecer la obligación de que las entidades responsables emprendan campañas públicas sobre el acoso sexual laboral, que se incorpore el tema de la igualdad de género en los planes de estudio escolares, que se brinde asistencia a las ONG que abogan por la igualdad de género y la lucha contra la violencia a nivel comunitario y que se elaboren recursos prácticos para promover ambientes laborales más inclusivos. Asimismo, se puede establecer la necesidad de que los lugares de trabajo exijan capacitación sobre prevención para el personal e implementen sus propias campañas para identificar y visibilizar los perjuicios del acoso sexual.

Todas las personas deben participar activamente en esta iniciativa para lograr cambios culturales. Esto significa no solamente tratar a todas las personas con el mismo respeto, sino también rendir cuentas unos ante otros e intervenir dentro de lo posible cuando ocurra una situación de acoso sexual u otras formas de discriminación. Como parlamentarios y parlamentarias, y figuras influyentes, usted puede promover aún más esta transformación dando ejemplo con sus propias relaciones interpersonales y en ámbitos de trabajo, además de abogar por la importancia de estos cambios en las declaraciones públicas. 

Si bien los parlamentos nacionales son un ámbito primordial para fomentar la transformación en los lugares de trabajo en todo el país, cabe recordar que constituyen de por sí un lugar de trabajo y también deben ser objeto de la labor de lucha contra el acoso sexual. Incluso, existen una serie de factores propios de los parlamentos que pueden aumentar el riesgo de sufrir acoso sexual tanto para las y los parlamentarios como para el personal general, debido en particular a la intensificación de la dinámica de poder, la politización de los mecanismos de decisión, la falta de representación suficiente de las mujeres y los grupos marginados, la irregularidad del horario de trabajo y el hecho de que el desempeño laboral impacta directamente en la seguridad laboral futura al incidir en las posibilidades de reelección. 

Diversos estudios señalan que las mujeres en la política se encuentran entre los grupos más vulnerables al acoso sexual (fuente), que se enmarca dentro del ámbito más amplio del acoso político y la violencia de género, convirtiéndose así en una realidad para muchas mujeres no bien demuestran interés en la participación pública. Cuando hacen campaña, por ejemplo, las mujeres corren el riesgo de sufrir acoso sexual mientras tratan de obtener el apoyo de sus electores y eventuales aportantes a la campaña y quedan expuestas a las dinámicas de género y demás manifestaciones de la dinámica del poder en estas situaciones. Las mujeres activas en la vida pública suelen ser objeto de ataques, incluso en Internet y demás actos perpetrados con la intención de silenciarlas o de socavar el ejercicio de sus funciones. Esto demuestra que en el ámbito político, todavía se mantiene el prejuicio de que se trata de un dominio masculino debido a la exclusión histórica de las mujeres de espacios relacionados; hecho que también contribuye sustancialmente a la continua infrarrepresentación de la mujer. Conociendo estos peligrosos efectos secundarios que puede conllevar la participación política, muchas mujeres prefieren abstenerse de presentarse a elecciones.

Una vez que las mujeres llegan a la legislatura, este tipo de discriminación y acoso sigue ocurriendo con frecuencia. Un estudio realizado a nivel mundial por la UIP, en el que participaron mujeres parlamentarias de todo el mundo, reveló que las encuestadas consideraban que el acoso sexual era una práctica común en el ámbito legislativo y que el 20 % había sido acosada sexualmente durante su mandato. La normalidad percibida de los actos de acoso sexual y por motivos de género contra las mujeres parlamentarias, en especial, aquellos que son más sutiles o arraigados en la tradición, así como contra otras mujeres empleadas en el cuerpo legislativo, puede contribuir aún más a disuadir la participación política de la mujer. La mayoría de las encuestadas por la UIP indicó que consideraban que el objetivo del acoso perpetrado contra ella era precisamente esa disuasión. Tratar el problema del acoso sexual en el ámbito legislativo como lugar de trabajo se convierte entonces en un pilar fundamental para generar condiciones que promuevan democracias más inclusivas y por lo tanto, más sólidas. 

Existen medidas específicas que usted, como parlamentario y parlamentaria, puede promover dentro de su legislatura para fortalecer los mecanismos de prevención y respuesta al acoso sexual, además de adaptar las que se mencionan en otras secciones de este kit de herramientas para este ámbito laboral en particular. Los cuerpos legislativos de la región están adoptando cada vez más protocolos internos o códigos de conducta contra el acoso sexual, además de reformar la legislación que trata la discriminación laboral en el sector público para incorporar mecanismos de protección para el personal parlamentario. Algunos países incluso han adoptado legislación especial para prevenir el acoso político y la violencia de género, en relación con el acoso sexual. 
 

En números

El número de países América Latina con marcos jurídicos que abordan específicamente el acoso sexual en el lugar de trabajo

El porcentaje de mujeres en una encuesta en Perú que reconocieron haber enfrentado algún tipo de violencia (física, emocional, sexual)

El porcentaje de mujeres parlamentarias encuestadas por la UIP que informaron haber sufrido acoso sexual durante su mandato legislativo

  1. Mujer, Empresa y el Derecho 2020, Banco Mundial 

    Fuente
  2. Prevalencia de la violencia contra la mujer entre diferentes grupos étnicos en Perú, Banco Interamericano de Desarrollo, 2018 

    Fuente
  3. Unión Interparlamentaria, “Sexismo, acoso y violencia contra las mujeres parlamentarias” Boletín Temático, 2016.

    Fuente

Buenas prácticas

Las buenas prácticas presentadas a continuación han sido compartidas por parlamentarias/os y partes interesadas. En ellas se describen estrategias para abordar la problemática del acoso sexual en el mundo del trabajo. 

 

Acoso sexual laboral
Diputada Camila Vallejo
Chile
Creo que es importante incluir el acoso y hostigamiento que sucede en redes sociales, y también definir de manera más precisa el tiempo necesario para resolver una denuncia y mecanismos para proteger la integridad del caso.
Acoso sexual laboral
Norma Morandini
Argentina
La visibilidad pública alcanzada por las protestas de mujeres en contra de violencias debe ser acompañadas por un énfasis en la educación con sensibilidad de género
Acoso sexual laboral
Diputada Maya Fernandez Allende
Chile
El Protocolo de prevención y sanción del acoso sexual en la Cámara de Diputados

Encuesta

Revise la información clave de este kit de herramientas con un breve cuestionario. Estas preguntas están destinadas a la revisión de conocimientos personales y las respuestas son anónimas.

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